El Consorcio de Compensación de Seguros, ¿qué es y cómo funciona?

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es una entidad pública empresarial cuya finalidad es hacer frente a las indemnizaciones derivadas de siniestros excepcionales a los que las compañías aseguradoras privadas no están obligadas a responder. Interviene, por ejemplo, ante los destrozos causados por inundaciones, incendios, terremotos, etc. Por esta razón, aplica directamente en siniestros como los vividos como consecuencia de la Gota Fría – DANA que asoló la zona de Levante Peninsular, Andalucía o Castilla La Mancha, Comunidad en la que se acaba de desactivar el Plan de Fenómenos Meteorológicos Adversos vigente desde el pasado día 11.

Para que el CCS actúe y el sujeto pueda ser indemnizado, es necesario que el bien afectado cuente con una póliza debidamente contratada y al corriente de todos los pagos de la prima, así como pasar el período de carencia que establecen los contratos. Si como afectado cumple estos requisitos, lo primero que se debe hacer es comunicar el siniestro. Se recomienda, en la medida de lo posible, fotografiar custodiar los bienes dañados hasta la valoración pericial e identificación. De este modo, se agilizan los trámites hasta la liquidación de la correspondiente indemnización.

¿Cómo gestionar una reclamación?

En caso de verse afectado, el usuario debe presentar la solicitud de indemnización al CCS por daños materiales a través de los siguientes medios: teléfono, correo electrónico, correo ordinario o a través de un portal habilitado en su página web. En términos generales, e independientemente del medio utilizado para transmitir la solicitud, es necesario disponer de información relativa a la póliza, datos bancarios para el pago de la indemnización así como una relación de los daños, materiales y/ o personales sufridos. Tras la valoración de los daños, el Consorcio abonará al usuario el importe de los gastos de reparación o reposición de los bienes afectados.

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